sábado, 22 de junio de 2019
Acciones
En informática,
el clic es la acción
de pulsar cualquier botón o tecla del dispositivo apuntador (mouse, touchpad o trackball)
de la computadora. Como resultado de esta operación,
el sistema aplica algún proceso o función al objeto señalado por el cursor o puntero en el momento de
realizarla.
Se suelen utilizar las
expresiones “hacer clic”, “dar clic”, “clicar” o “cliquear” para referirse a la
acción u operación.
Dependiendo del tipo de
computadora, del sistema operativo instalado, del programa informático o aplicación informática en uso, y del
elemento señalado; así como también de cuál botón se presione y con qué
secuencia de pulsaciones se lo haga, la acción resultante será diferente entre
una variada serie de posibilidades.
Sistema
operativo GNU/LINUX
El sistema
Operativo GNU/Linux es la denominación defendida por Richard Stallman y otros
para el sistema operativo que utiliza el kernel Linux en conjunto con las
aplicaciones de sistema creadas por el proyecto GNU. Comúnmente este sistema operativo es denominado
simplemente Linux. Linux es la denominación de un sistema operativo y el nombre
de un núcleo. Es uno de los paradigmas del
desarrollo de software libre (y de código abierto),
donde el código fuente está disponible públicamente y cualquier persona puede
libremente usarlo, modificarlo y redistribuirlo.
El término
Linux estrictamente se refiere al núcleo Linux, pero es comúnmente utilizado
para describir al sistema operativo tipo Unix, que utiliza primordialmente filosofía y
metodologías libres (también conocido como GNU/Linux) y que está formado
mediante la combinación del núcleo Linux con las bibliotecas y herramientas del proyecto
GNU y de muchos otros proyectos/grupos de software (libre o no). El núcleo no es parte oficial
del proyecto GNU (el cual posee su propio núcleo en desarrollo, llamado Hurd),
pero es distribuido bajo los términos de la licencia GPL (GNU General Public
License).
Software y sus tipos
El software
o soporte lógico, está compuesto por todos aquellos programas necesarios para
que la computadora trabaje, dirige de forma adecuada los elementos físicos o
hardware. Existen diferentes tipos de software: Software
Software de Sistema Software de Desarrollo Software de
Aplicación
- · Software de sistema es un conjunto de programas que funcionan durante la utilización de la computadora. Se encargan de gestionar las funciones básicas de la misma, entre los principales sistemas operativos se encuentran: Windows, OS, Unix, Linux, entre otros.
- ·
Software de desarrollo permiten
escribir programas. Algunos son decodificados directamente por la computadora,
otros requieren pasos intermedios de traducción para ser
comprendidos por ella. Ejemplos de software de desarrollo son: lenguaje ensamblador, C, Basic, Foxbase, Visual Basic, etc. Se
clasifican de la siguiente manera: Lenguaje de máquina.
Lenguaje de bajo nivel o ensamblador Lenguaje de
alto nivel.
- · Software de aplicación entre estos se encuentran los programas de oficina (Office, Staroffice), programas de edición y diseño gráfico (Corel, Photoshop), programas de gestión empresarial (Proyect, Saint), programas científicos, educativos, entre otros.
Hardware y sus tipos
Es el
equipo físico que compone el sistema, se conoce en castellano como
"soporte físico". Es el conjunto de dispositivos electrónicos y
electromecánicos, circuitos, cables, entre
otros, que conforman la computadora. Son entes palpables, que podemos tocar, así tenemos por ejemplo:
el monitor, el case, el ratón, el teclado y otros componentes. A continuación
daremos una explicación de cada uno de ellos.
·
El monitor es un
dispositivo de salida, similar a una pantalla de televisor, en él se puede
visualizar la información que genera el programa que se ejecuta en la computadora. El monitor está
controlado por la tarjeta de video o tarjeta gráfica, la cual se encuentra dentro del
case. Por otra parte, existen diferentes tamaños de monitor, estos vienen dados
por la longitud diagonal de la pantalla, en el mercado se consiguen
de 14, 15, 17, 20 y 21 pulgadas.
· El CPU Es una caja metálica en la que se encuentra el Cerebro de la computadora (procesador o CPU), la memoria, fuentes de alimentación eléctrica, tarjetas, dispositivos de almacenamiento como el disco duro, dispositivos de almacenamiento y lectura como la unidad de disquete y
dispositivos de solo lectura como la unidad de cd-rom, entre otros, que
van a ayudar al sistema en sus operaciones habituales.
· El Ratón Es la parte del
hardware que permite moverse de manera eficaz sobre la pantalla de la
computadora; cuando se mueve el ratón, se mueve en la pantalla el puntero o
flecha (Detona, D.). Es un Dispositivo de entrada, que tiene un uso similar a
una máquina de escribir, permite teclear documentos y transmitir órdenes a la
computadora; de hecho, ha heredado la disposición característica de las máquinas de escribir, cuenta con las mismas teclas de la máquina
de escribir y otras adicionales que le permiten un mejor funcionamiento.
·
El Teclado Es un
Dispositivo de entrada, que tiene un uso similar a una máquina de escribir,
permite teclear documentos y transmitir órdenes a la computadora; de hecho, ha
heredado la disposición característica de las máquinas de escribir, cuenta con
las mismas teclas de la máquina de escribir y otras adicionales que le permiten
un mejor funcionamiento.
· La Impresora Es un
dispositivo que permite la impresión de documentos, imágenes, entre otros. Existen varios tipos de Impresoras: · Impacto
de matriz de aguja o
punto · Chorro o inyección de tinta
·
El Escáner Es un dispositivo que permite la reproducción de
documentos, imágenes, etc., y los envía directamente a la computadora. Funciona
de manera similar a una fotocopiadora.
·
El Regulador Es un
elemento fundamental para la protección de la computadora, especialmente cuando
hay altos y bajos de electricidad.
Computadora
Es una
máquina capaz de aceptar datos (letras,
números, símbolos) a través de un dispositivo de entrada (por ejemplo: teclado, ratón, entre otros) para procesarlos de forma automática,
bajo el control de un programa previamente
almacenado; proporcionando una información resultante a través de un
dispositivo de salida (por ejemplo: monitor, impresora, entre otros).
Las TIC como herramientas para la transformación social y la emancipación del ser humano
Es importante definir algunos términos que permitirán, comprender de una manera sencilla lo que se denomina Tecnologías de Información y Comunicación TIC. El término información, según señalan algunos autores es todo mensaje que logra disminuir la duda. Se define la comunicación como un proceso de intercambios de información e ideas cuyo resultado es la concreción de ideas nuevas o el reforzamiento de las ideas preconcebidas. En el mundo actual, las actividades humanas y las relaciones que subyacen a estas están centradas en la llamada revolución de la información y del conocimiento y tiene como base a las TIC.
Estas innovaciones favorecen
enormemente el flujo de información y, por supuesto, mejoran las posibilidades
de la comunicación humana y, en consecuencia, el desarrollo social. Por otra
parte, también es importante reconocer la relación que existe entre los medios
de comunicación social (radio, prensa, cine, TV) y las TIC, pues, se debe
entender la evolución de la comunicación humana desde la perspectiva
tecnológica dado que, históricamente, el hombre ha buscado satisfacer sus
necesidades de información y comunicación.
Marco legal, filosófico y conceptual del P.N.A.T
El marco legal, filosófico y conceptual en el que se fundamenta esta constituido
en algunos artículos de la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela y de la Ley Orgánica de Ciencia y Tecnología que orientan y
garantizan la educación, la apropiación social del conocimiento y el acceso a
las Tecnologías de Información y Comunicación.
Entre los artículos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela se encuentran:
Entre los artículos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela se encuentran:
Artículo
Nº 3. "El
Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y
su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción
de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y
bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos
y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución".
Artículo Nº 102. "La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria. El Estado la asumirá como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento del conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad..."
Artículo Nº 103. "Toda persona tiene derecho a una educación integral, de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones... La impartida en las instituciones del estado es gratuita hasta el pregrado universitario..."
Artículo 110. "El Estado reconocerá el interés público de la ciencia, la tecnología, el conocimiento, la innovación y sus aplicaciones y los servicios de información necesarios por ser instrumentos fundamentales para el desarrollo económico, social y político del país, así como para la seguridad y soberanía nacional...".
Artículo Nº 102. "La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria. El Estado la asumirá como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento del conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad..."
Artículo Nº 103. "Toda persona tiene derecho a una educación integral, de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones... La impartida en las instituciones del estado es gratuita hasta el pregrado universitario..."
Artículo 110. "El Estado reconocerá el interés público de la ciencia, la tecnología, el conocimiento, la innovación y sus aplicaciones y los servicios de información necesarios por ser instrumentos fundamentales para el desarrollo económico, social y político del país, así como para la seguridad y soberanía nacional...".
Principios
y valores que orientan la Alfabetización Tecnológica
La alfabetización tecnológica,
tiene como principio fundamental el dar educación y
conocimiento a los venezolanos del uso adecuado y veras de la tecnología como
herramienta de desarrollo social
y productivo, de demostrar y dar a entender que hay principios de igualdad y libertad,
como lo dictan los principios fundamentales de la Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela,
que definen al Estado Venezolano
como "Democrático y Social, de Derechos y de Justicia que
propugna como valores superiores: la vida, la libertad, la justicia, la igualdad,
la solidaridad,
la democracia,
la responsabilidad individual
y social, la preeminencia de los derechos
humanos, la ética pública
y el pluralismo político. Los cuales tienen como sus fines esenciales (art. Nº
3) "la defensa y el desarrollo de la persona y
el respeto a su dignidad,
la profundización del ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de
una sociedad justa,
solidaria amante de la paz y garante del cumplimiento de los principios
derechos y deberes asumiendo el principio de equidad como
nuevo orden de justicia social y base material de la sociedad venezolana."
En la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela propugna como elementos fundamentales la Educación y el Trabajo para
la construcción de la nueva República sobre la base de la justicia social el
desarrollo endógeno, la democracia participativa y la soberanía nacional.
Esto
define que los valores que orientan a la alfabetización tecnológica, no son otros que el de que los principios de
igualdad y justicia social para el desarrollo del país.
miércoles, 12 de junio de 2019
El
Ejecutivo Nacional
El
Ejecutivo Nacional promoverá y estimulará la formación y capacitación del
talento humano especializado en ciencia, tecnología e innovación, para lo cual
contribuirá con el fortalecimiento de los estudios de postgrado y de otros
programas de capacitación técnica y gerencia.
Fondo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (FONACIT)
Se
establece que el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Tecnológicas
(CONICIT), pasará a denominarse el Fondo Nacional de Ciencia, Tecnología e
Innovación (FONACIT), Instituto
autónomo adscrito al Ministerio de Ciencia y Tecnología y que actuará como
órgano ejecutor financiero de las políticas y directrices que fije el
Ministerio de Ciencia y Tecnología.
Órgano rector en materia de Ciencia y Tecnología
- Se designa al Ministerio de Ciencia y Tecnología como el órgano rector en materia de Ciencia y Tecnología, al cual le corresponderá, entre otras:
- Establecer las políticas, planes y normas que han de aplicarse a la materia.
- Crear las Comisiones de Ética, Biotécnica y Biodiversidad las cuales se encargarán de proponer códigos de ética, biotécnica y de protección del ambiente, relativos a la práctica científica, tecnológica y de innovación.
- Apoyar a los organismos competentes en la definición de políticas tendientes a proteger las creaciones intelectuales producto de la actividad científica y tecnológica.
El
Observatorio Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación
Se
establece que se creará el Observatorio Nacional de Ciencia, Tecnología e
Innovación que además de apoyar el SNCTI propiciará la elaboración de
indicadores que permitan establecer estrategias que conviertan la información
en oportunidades de desarrollo, tanto a nivel nacional como internacional.
Conformación del SNCTI
- Organismos, entidades e instituciones del sector público nacional.
- Organizaciones de educación superior, estatales y del sector privado que realicen actividades vinculadas a la investigación y desarrollo, la innovación tecnológica, y a la formación y el perfeccionamiento del talento humano necesario para estas actividades
Decreto
N° 1.290 de fecha 30 de agosto de 2001
Decreto
nº 1.290 30 de agosto de 2001, Decreto con rango y fuerza de Ley Orgánica
de Ciencia, Tecnología e Innovación. (Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela nº 37.291 de 26 de septiembre de 2001). Derogado por
la Ley de Ciencia, Tecnología e Innovación de fecha 12 de julio de 2005.
martes, 4 de junio de 2019
Principios y valores del Plan Nacional de Ciencia, tecnología e innovación 2005-2030
Entre los principios del Plan Nacional de Ciencia,
tecnología e innovación 2005-2030 se encuentran los siguientes:
Participación
amplia y diversificada con especial énfasis en la incorporación de las
comunidades, sectores populares, niños, niñas, adolescentes, jóvenes, adultos
mayores y pueblos indígenas.
Promover
la importancia de la responsabilidad social para hacer una ciencia pertinente
que contribuya a resolver los problemas más importantes del país.
Favorecer
la coordinación interinstitucional para lograr mayor coherencia en la
aplicación conjunta de la política pública nacional.
De
acuerdo con los principios establecidos, los valores del Sistema Nacional de
Ciencia, Tecnología e Innovación para ejecutar las directrices y políticas del
Plan Nacional 2005-2030 son:
q Justicia
q Equidad
q Ética
q Respeto
q Amor
q Libertad
q Sentido público
q Democracia
q Pensamiento crítico
q Sentido de la historia
q Sentido de futuro
q Arraigo cultural
q Cooperación
q Solidaridad
q Participación
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